Actualizado el 08/12/2024
Viene a completar la Normativa General Del Club en su artículo 15, punto 4, sobre la Utilización del Vestuario Oficial para la Temporada 2024-2025
Con el fin de mantener una imagen unificada y profesional, se establece la siguiente normativa sobre el uso del vestuario oficial para la temporada 2024-2025:
- Polo Azul de Paseo Oficial del TM Defense:

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- Este polo se deberá llevar durante los viajes a los partidos, tanto de ida como de vuelta.
- No está permitido utilizarlo para jugar, calentar ni para entrenar.
- Sudadera Gris:

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- Esta sudadera se usará para viajar a los partidos y durante los partidos y competiciones oficiales del Club Tenis de Mesa Defense.
- Camisas de Juego Azules y Rojas Oficiales del Club:

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- Estas camisas están destinadas exclusivamente para jugar los partidos y competiciones oficiales del Club TM Defense.
- Bermuda Negra Oficial Defense:
- La bermuda negra oficial, que será entregada próximamente, debe usarse para los viajes a partidos y competiciones oficiales del Club TM Defense.
No se permitirá el uso de esta bermuda para jugar, debiendo utilizarse siempre pantalón negro propio durante los partidos.
Aprobado en la asamblea extraordinaria del 31/08/2024
Actualizado 1/09/2024
Anuncio Importante para Todos los Socios del Club TM Defense
Estimados socios del Club TM Defense,
Nos complace anunciar la constitución oficial del Comité de Disciplina Deportivo del Club TM Defense. Este comité está compuesto por representantes de diversas áreas del club, quienes trabajarán en conjunto para asegurar el correcto funcionamiento y la disciplina dentro del Club . A continuación, presentamos a los miembros del comité:
-
Representante de los Padres:
Miguel Ángel Vargas -
Representante de la Directiva:
Jorge Afonso. -
Representante del Cuerpo Técnico:
Moisés Glez Machín -
Representante de los Jugadores:
Carlos Pérez González
Contacto con el Comité
Para cualquier consulta, comentario o sugerencia dirigida al Comité de Disciplina Deportivo, les invitamos a enviar un correo electrónico a info@ctmdefense.es. Por favor, asegúrense de incluir en el asunto del correo “Comité de Disciplina Deportivo del Club TM Defense” para garantizar que su mensaje sea recibido y atendido adecuadamente.
Agradecemos su cooperación y participación activa para seguir construyendo juntos un club más fuerte y unido.
Atentamente,
La Directiva del Club TM Defense
Contacta con nosotros.
Actualizado el 01/09/2024
Normativa General del Club Tenis de Mesa Defense
Capítulo I: Disposiciones Generales
Artículo 1. Objeto
La presente normativa tiene como objeto regular la composición, funciones y
procedimientos del Comité de Disciplina del Club Tenis de Mesa Defense, así como las
normas de régimen interno aplicables a todos los miembros del club.
Artículo 2. Ámbito de aplicación
Esta normativa se aplica a todos los miembros del Club Tenis de Mesa Defense,
incluidos jugadores, técnicos, directivos y padres o tutores.
Capítulo II: Composición del Comité de Disciplina
Artículo 3. Composición del Comité
El Comité estará compuesto por los siguientes miembros:
1. Un representante de los padres o tutores de los jugadores.
2. Un miembro de la directiva del club.
3. Un representante de los jugadores.
4. Un miembro del equipo técnico del club.
Artículo 4. Nombramiento de los miembros
1. El representante de los padres será elegido por votación entre los padres o
tutores de los jugadores.
2. El miembro de la directiva será designado por el presidente del club.
3. El representante de los jugadores será elegido por votación entre los jugadores
del club.
4. El miembro del equipo técnico será designado por el director técnico del club.
Artículo 5. Incompatibilidades
No podrán formar parte del Comité aquellos miembros que tengan un conflicto de
interés, incluyendo, pero no limitado a, casos donde haya una denuncia o infracción
involucrando a un familiar directo de algún miembro del Comité. En tales casos, el
miembro afectado deberá ser sustituido temporalmente por otro representante elegido
conforme a los procedimientos establecidos en el Artículo 4.
Capítulo III: Funciones del Comité de Disciplina
Artículo 6. Funciones
El Comité tiene las siguientes funciones:
1. Velar por el cumplimiento de las normas y reglamentos del club.
2. Evaluar y resolver sobre las infracciones y conductas inapropiadas de los
miembros del club.
3. Impulsar acciones formativas y preventivas para evitar la comisión de
infracciones.
4. Emitir informes y propuestas sobre medidas disciplinarias y educativas.
Capítulo IV: Procedimientos Disciplinarios
Artículo 7. Iniciación del procedimiento
El procedimiento disciplinario podrá iniciarse:
1. Por denuncia de cualquier miembro del club.
2. De oficio, por decisión del Comité al tener conocimiento de una posible
infracción.
Artículo 8. Desarrollo del procedimiento
1. Una vez iniciada la investigación, el Comité deberá informar al presunto
infractor de los hechos que se le imputan, concediéndole un plazo de 10 días
para presentar alegaciones y pruebas en su defensa.
2. El Comité podrá solicitar la comparecencia de testigos y recabar cuantas pruebas
considere necesarias para el esclarecimiento de los hechos.
Artículo 9. Resolución
1. Concluida la instrucción del expediente, el Comité emitirá una resolución
motivada en un plazo máximo de 30 días.
2. La resolución deberá contener los hechos probados, la calificación jurídica de
los mismos, la sanción que se imponga en su caso y los recursos que procedan
contra ella.
Artículo 10. Sanciones
Las sanciones podrán consistir en:
1. Amonestación verbal o escrita.
2. Suspensión temporal de la actividad deportiva.
3. Expulsión del club.
4. Otras medidas que el Comité considere adecuadas y proporcionales a la
infracción cometida.
Artículo 11. Recursos
1. Contra las resoluciones del Comité podrá interponerse recurso de apelación ante
la Junta Directiva del club en el plazo de 15 días desde su notificación.
2. La Junta Directiva resolverá el recurso en un plazo máximo de 30 días.
Capítulo V: Régimen Interno
PREÁMBULO
El objeto del presente documento es regular las normas de régimen interno y el
desarrollo del régimen disciplinario del Club Tenis de Mesa Defense, de conformidad
con los estatutos vigentes, donde se prevé el desarrollo de normas de funcionamiento
propias, así como el ejercicio de la potestad disciplinaria sobre sus miembros y en
concordancia con las disposiciones y reglamentos de aplicación.
Con arreglo a las anteriores premisas, se procede a redactar el presente reglamento de
régimen interno, cuyas normas serán de aplicación a todos los estamentos del Club. La
sola pertenencia al mismo en cualquier condición supone su aceptación.
La interpretación del articulado de este Reglamento corresponde a la Junta Directiva y
al comité de disciplina deportivo, que decidirá al respecto por acuerdo de la mayoría
simple de votos emitidos entre sus miembros, quedando los socios sujetos a dicha
interpretación.
Artículo 12En el supuesto de que se presentase un caso no previsto en este Reglamento,
la Junta Directiva deliberará sobre el mismo y su decisión será válida y pasará a
integrarse en este Reglamento, formando parte de su articulado.
Artículo 13Todos los estamentos del Club, Junta Directiva, Cuerpo técnico,
Empleados, Deportistas y Palistas, mantendrán en cualquier actividad que desarrollen en
nombre del mismo las necesarias normas de conducta que promocionen la buena
imagen de la entidad.
Artículo 14. Derechos de los Jugadores
1. Todos/as los/as jugadores/as tienen derecho a recibir la atención técnica
necesaria para progresar deportivamente de la manera más adecuada posible.
Esta atención incluye tanto los entrenamientos como la competición.
2. Todos/as los/as jugadores/as tienen derecho a participar en las competiciones
necesarias para asegurar su progresión deportiva y poder alcanzar las metas que
sus posibilidades físicas y psicológicas les permitan, siempre atendiendo a la
estructura organizativa del Club y la formación de sus equipos. Este derecho no
será de aplicación si no se cumplen los requisitos mencionados en el apartado
15.2
3. Todos/as los/as jugadores/as tienen derecho a ser tratados con el debido respeto
por técnicos, directivos y demás componentes del club.
4. Todos/as los/as jugadores/as y padres/madres/tutores tienen derecho a recibir
información por parte de los técnicos y directivos acerca de la evolución
deportiva, progresión, actitud, posibilidades y cualquier otro detalle relevante
para su desarrollo.
5. Los/as jugadores/as tienen derecho a participar en las decisiones del club que les
afecten directamente, a través de los canales establecidos por el club, incluyendo
reuniones y consultas.
6. Los/as jugadores/as tienen derecho a utilizar las instalaciones y equipos del club
para su entrenamiento y competición, siempre y cuando sigan las normas de uso
y mantenimiento establecidas.
7. Los/as jugadores/as tienen derecho a expresar sus opiniones y sugerencias sobre
aspectos relacionados con su entrenamiento y competición, en un ambiente de
respeto y escucha.
8. Los/as socios/as que no sean jugadores/as tendrán sus derechos y obligaciones
regidos por lo establecido en los estatutos del Club.
Artículo 15. Obligaciones de los Jugadores
1. Los/as jugadores/as están obligados/as a acudir con la frecuencia y puntualidad
acordada a los entrenamientos, siempre que sea posible. Además, deberán acudir
a las competiciones para las que sean convocados, salvo justificación de su
ausencia.
2. Todo/a jugador/a debe comportarse tanto en entrenamientos como en
competiciones con la entrega debida, esforzándose en la medida en que le sea
solicitado, y actuando con sentido deportivo. Cuando un/a jugador/a incumpla
este punto reiteradamente, perderá su derecho a competir representando al club.
3. Todos/as los/as jugadores/as deberán comportarse con corrección y educación
con compañeros/as, entrenadores/as, adversarios/as y cualquier otra persona
mientras se encuentren bajo la disciplina del club, tanto en entrenamientos como
en competiciones. Asimismo, deben utilizar adecuadamente y con el cuidado
necesario los materiales, equipamientos e instalaciones que se pongan a su
disposición en el ejercicio de su deporte, debiendo recoger dicho material tras
cada entrenamiento y competición.
4. Todos/as los/as jugadores/as deberán presentarse en las competiciones en que el
Club les inscriba, tanto oficiales como no oficiales, debidamente uniformados y
con indumentaria representativa del Club TM Defense.
5. Todos/as los/as jugadores/as deberán asumir la disciplina deportiva propia del
club tanto en entrenamientos como en competiciones. La máxima y única
autoridad a la hora de tomar decisiones técnicas será el entrenador o persona que
lo sustituya, nombrada por el club para esa competición.
6. Todos/as los/as jugadores/as o sus padres/madres/tutores están obligados a
satisfacer la cuota del Club en las condiciones que se hayan fijado.
7. Todos/as los/as jugadores/as deberán devolver el vestuario oficial del Club
cuando se den de baja, puesto que dichas prendas son propiedad del Club.
8. Los/as jugadores/as deberán informar con antelación de cualquier situación que
les impida cumplir con sus compromisos deportivos (entrenamientos,
competiciones, reuniones).
9. Los/as jugadores/as deben mantener una actitud positiva y cooperativa,
promoviendo el espíritu de equipo y el buen ambiente dentro del club.
Artículo 16. Derechos y Obligaciones de los Entrenadores
Derechos
1. Todos/as los/as entrenadores/as y resto del personal nombrado a tal efecto tienen
derecho a tomar con independencia las decisiones que consideren oportunas,
supeditando su trabajo únicamente al Director Técnico del Club, si lo hubiere, o
a la Junta Directiva del Club.
Obligaciones
1. Los/as entrenadores/as o responsables deportivos del club deberán cumplir con
las funciones que les han sido encomendadas con la máxima diligencia y
profesionalidad, acudiendo a entrenamientos y competiciones con la puntualidad
debida.
2. Los/as entrenadores/as o responsables deportivos tienen obligación de atender
con el debido respeto y educación a todos/as los/as jugadores/as que estén a su
cargo, con el objetivo de asegurar una relación y ambiente de trabajo lo más
agradable posible, procurando valorar en su justa medida el esfuerzo y
dedicación de cada uno de ellos.
3. Los/as entrenadores/as o responsables técnicos tienen obligación de informar a
los/as jugadores/as y padres/madres/tutores sobre su evolución, actitud,
posibilidades y cuantos detalles se soliciten.
Artículo 17. Asistencia a Competiciones
Organización de los Desplazamientos
1. Corresponderá a la directiva y concretamente al área deportiva, en la figura del
delegado de equipo o persona designada por el club, las tareas de organización
de los desplazamientos a competiciones deportivas de los equipos del club.
2. El/la entrenador/a o delegado/a de equipo será el/la responsable del
desplazamiento. Queda eximido/a de su responsabilidad en aquellos casos en los
que un jugador realice el desplazamiento fuera de la disciplina del club.
Disciplina de Competición
1. Los/as jugadores/as mantendrán durante la competición la disciplina, corrección
y espíritu de equipo. Animarán a sus compañeros cuando estos disputen sus
partidos.
2. Antes y después de cada partido, el/la jugador/a estará con su entrenador/a,
delegado/a o responsable técnico para recibir instrucciones y analizar el
resultado del mismo.
3. Los/as jugadores/as competirán siempre que representen al club con la camiseta
del Club. Estarán atentos para la recogida de los trofeos que obtuvieren, no
permitiéndose bajo ningún concepto que otro/a jugador/a los recoja en su lugar.
Artículo 18. Régimen Disciplinario
1. La potestad disciplinaria del club se ejercerá conforme a esta normativa y se
extenderá a todos los miembros del club.
2. Las infracciones se clasifican en leves, graves y muy graves, con las
correspondientes sanciones según su gravedad.
3. El procedimiento disciplinario incluye la incoación, tramitación y resolución del
expediente disciplinario.
Capítulo VI: Disposiciones Finales
Artículo 19. Entrada en vigor
La presente normativa entrará en vigor el día siguiente a su aprobación por la Asamblea
General del Club Tenis de Mesa Defense.
Artículo 20. Modificación
Cualquier modificación de esta normativa deberá ser aprobada por mayoría simple de la
Asamblea General del club.
Artículo 21. Supletoriedad
En lo no previsto en la presente normativa, se aplicará supletoriamente la legislación
vigente en materia deportiva y disciplinaria en España.
Disposición Adicional
En todo momento se garantizará el derecho a la defensa y al debido proceso de los
miembros del club, de conformidad con lo dispuesto en la legislación vigente.
Con esta integración, se pretende que el funcionamiento del Comité de Disciplina y
las normas de régimen interno del club sean claras, coherentes y se complementen
mutuamente para el correcto desarrollo de las actividades y el mantenimiento del
orden y la disciplina en el Club Tenis de Mesa Defense.